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Por cada hijo nacido o adoptado, tendrán derecho a:
a) Una deducción de 2.500 € anuales en el Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas, para contribuyentes:
b) Una prestación no contributiva de la Seguridad Social de 2.500 €, en el supuesto de no cumplir los requisitos anteriormente establecidos.
Se podrá solicitar a partir de la inscripción del menor en el Registro Civil
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Ayuda económica de pago único por nacimiento o adopción de hijo.
Cuantía:
Para cubrir los gastos generados por la elaboración de los informes psicosociales necesarios para la expedición del Certificado de Idoneidad, de aquellos solicitantes de adopción que hayan utilizado servicios autorizados ajenos a la Administración para este fin, se establece una cuantía única de 784€
Para compensar parte de los gastos derivados de los procesos de adopción internacional se otorgaran subvenciones por importe de 1.500 € a 3.000 € según el nivel de renta
Se podrá solicitar a partir de la inscripción del menor en el Registro Civil
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La jornada deberá reducirse al menos en el 50% y el periodo de duración de la reducción de jornada de trabajo será como mínimo de 1 año
Con independencia de la duración de la reducción de jornada, la ayuda se abonara de una sola vez por el importe de 3.000 €
El nivel anual de rentas netas de la unidad familiar en 2006 no deberá superar los 30.000 €
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Como mínimo se deberá disfrutar la excedencia durante un periodo de un año y el nivel anual de rentas netas de la unidad familias en 2006 no deberá superar los 30.000 €
Con independencia de la duración máxima del periodo de excedencia, la ayuda se abonara de una sola vez por el importe equivalente al 100% del indicador público de renta de efectos múltiples para el año 2007 (IPREM) en su cómputo anual
En el supuesto de familias monoparentales, numerosas o con parto o adopción múltiple, cuyo nivel de renta familiar sea igual o inferior a 18.000 € anuales, el importe de la ayuda será el 125% del IPREM en su computo anual
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Para empresas con más de 10 trabajadores, que adopten la medida de la flexibilidad horaria, al menos durante 3 años
Se concederán 3000 € a cada empresa beneficiaria, mediante transferencia bancaria
Deducción en la declaración del IRPF de 1.200 € dirigido a madres trabajadoras con cotización previa. Puede solicitarse mediante el modelo 140, un pago anticipado de dicha deducción por importe de 100 €/mes.
Esta deducción se aplicará durante 3 años desde la fecha de nacimiento o adopción.
Los contribuyentes residentes en esta Comunidad pueden aplicar las siguientes deducciones sobre la cuota integra autonómica: Año 2008 (a declarar en 2009) y Año 2007 (a declarar en 2008)
Por familia numerosa:
246 € por familia (492 € si algún miembro tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65%) y 110 € mas por cada descendiente a partir del cuarto inclusive
Por nacimiento o adopción:
Por adopción internacional:
625 €, además del anterior
Por cuidado de hijos menores de 4 años
30% de lo satisfecho, con el limite de 322 €, concurriendo determinados requisitos.